¿Qué es un régimen de excepción y cuáles son sus implicaciones?

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El presidente Nayib Bukele solicitó la noche de este sábado a la Asamblea Legislativa la aprobación de un régimen de excepción a raíz del alza de homicidios registrada este fin de semana. Infodemia consultó a expertos en derechos humanos y abogados sobre las implicaciones de esta medida y acá te lo explicamos.

Angélica Cárcamo

Por medio de una publicación de Twitter, el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, solicitó a la Asamblea Legislativa la aprobación de un régimen de excepción. La solicitud se da luego que se registraron más de 50 asesinatos en los últimos días, según diversas fuentes.

El mandatario invocó el artículo 29 de la Constitución de la República, que establece el régimen de excepción en casos de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición catástrofe, epidemia o alteración del órden público.

El último estado de excepción en el país fue aprobado en 2020, en el marco de la pandemia, y fue declarado inconstitucional por la sala de los constitucional de la CSJ.

¿QUÉ GARANTÍAS CONSTITUCIONALES SE PUEDEN SUSPENDER?

Según el citado artículo de la Carta Magna, se pueden suspender las garantías constitucionales de la libertad de ingresar, permanecer o salir del país (art.5); la libertad de expresión (art.6, inciso primero); la libertad de asociación (art.7, inciso primero); y la inviolabilidad de la correspondencia (art.24).

También se puede suspender el plazo máximo de 72 horas de detención provisional para ser llevado ante un tribunal, además del derecho a ser notificado de las razones de la detención y de la asistencia de una defensa (art.12 y art.24).

La Constitución señala que este régimen implica la suspensión de ciertas garantías, pero estas no deben exceder los 30 días. Indica también “si continúan las circunstancias que la motivaron”, se podrá extender por un período igual (art. 30).

“Cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron la suspensión de las garantías constitucionales, la Asamblea Legislativa o el Consejo de Ministros, según el caso, deberá restablecer tales garantías”, subraya el artículo 31.

Abogados consultados por Infodemia explicaron que la suspensión de todas estas garantías constitucionales no es automática, sino que depende del órgano Legislativo. Es decir, se pueden suspender solo algunas y no necesariamente en todo el país.

El director ejecutivo de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, señaló que el alcance del régimen de excepción “dependerá del tipo de derecho que suspenda, el período de tiempo y la zona geográfica donde se puede dar la suspensión”.

Por su parte, la especialista en Derechos Humanos, Celia Medrano indicó que un estado de excepción o toque de queda deben ser siempre el “último recurso”. 

Medrano señaló que si bien hay un elevado número de homicidios en las últimas horas, el “recurrir a una medida extrema cuestiona la capacidad estatal de controlarlo”, dado que esta es una medida “creada para condiciones extremas que rebasan las capacidades institucionales para contrarrestar hechos delincuenciales”.

Leonor Arteaga, directora de la Fundación para el debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés), publicó en su cuenta de Twitter que los homicidios de las últimas horas en El Salvador deben combatirse la legislación penal ordinaria y añadió que “dar poderes extraordinarios al gobierno de Nayib Bukele vía un estado de excepción, como ocurrió con la pandemia, no beneficia a la ciudadanía, sólo generaría miedo y facilita la corrupción”.

LA NARRATIVA ANTIPRENSA SE REFUERZA

El presidente de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), César Fagoaga mostró su preocupación  en declaraciones a Infodemia por la instauración en las redes sociales de una narrativa contra los periodistas que están informando sobre el alza de homicidios y que han señalado, basados en su experiencia, que puede ser un mensaje de la pandillas al Gobierno de Bukele.

Es peligroso que la narrativa sea intentar criminalizar lo que los periodistas están diciendo desde su experticia, están señalando una obviedad. La única lectura acá es que hay una incompetencia manifiesta de las autoridades, que el Plan Control Territorial es una farsa como las acciones están demostrando y que debemos estar muy cuidadosos de lo que pase con nuestros colegas”, dijo el representante del gremio.

Indicó que otro elemento de preocupación es que este estado de excepción pueda servir “violar sistemáticamente más los derechos humanos y la libertad de expresión”.

El Centro de Estudios Jurídicos (CEJ) pidió, también mediante Twitter, a los diputados que sean “responsables en su función, analizando y debatiendo los alcances del régimen de excepción solicitado”.

Al cierre de esta nota no se conocen los pormenores del decreto de régimen de excepción que votará la Asamblea Legislativa.

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