El diputado de Nuevas Ideas Walter Coto afirmó en un programa de televisión que las detenciones administrativas tienen una duración de 30 días y la Asamblea Legislativa lo replicó en redes sociales, pero la afirmación es falsa.
Angélica Cárcamo / @anxelique
Coto afirmó el 28 de marzo en el canal Órbita Tv, medio bajo control del Consejo Nacional de Administración y Bienes (CONAB) tras ser intervenido en un proceso de extinción de dominio, que el término de la prisión administrativa bajo el régimen de excepción es de 30 días.
Una revisión al decreto que suspende garantías constitucionales, solicitado por el Gobierno para enfrentar el alza de homicidios que comenzó el 26.03.2022, y a la Constitución permiten catalogar la declaración como falsa.
La madrugada del 27 de marzo la Asamblea Legislativa, sin someter a estudio alguno la medida, aprobó el régimen de excepción que elimina una serie de garantías constitucionales, entre ellas la que indica que la detención administrativa contemplada en el artículo 13 “no excederá de setenta y dos horas”.
El artículo 29 de la Constitución señala que, en caso de régimen de excepción, se puede suspender esta garantía, pero “no excediendo la detención administrativa de quince días”.
El régimen de excepción aprobado por la Asamblea Legislativa no determina el plazo al que se extiende la detención, pero el mandato constitucional dicta que puede llegar hasta los 15 días y no a 30 como afirmó el diputado Coto.
La cuenta verificada de Twitter de la Asamblea Legislativa retomó la afirmación del legislador y la divulgó en su cuenta de Twitter, que tiene 448,700 seguidores. Es decir, este órgano de Estado expuso a cerca de medio millón de salvadoreños a información falsa.
Fotografía ilustrativa: @AsambleaSV
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