Es falso que bukelismo no tenga intenciones de reformar la Constitución

Published:

El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, afirmó el pasado 3 de enero que no hay ni una idea sobre reformar la Constitución. Esto es falso ya que el 15 de septiembre de 2021 se oficializó la entrega del proyecto de reformas a la Constitución liderado por el vicepresidente, Félix Ulloa.

Redacción Infodemia

En una rueda de prensa, Castro fue preguntado por una periodista del Diario El Mundo si la actual legislatura tendría en su agenda reformas a la Constitución para que sean ratificadas por la siguiente Asamblea, lo que negó: “Por el momento no tenemos nada de eso en el mapa”, dijo.

Sin embargo, al ser cuestionado que si esa propuesta de reforma vendría de la Presidencia la aprobarían o no dijo en términos generales:  “Si tú me preguntas ahorita, te diría que no, porque no hay ni siquiera eso, ni una conversación, alguna idea. No, absolutamente nada”.

Es falso que el bukelismo no tenga al menos la idea de reformar la Constitución vigente desde 1983.
El 15 de septiembre de 2021, el vicepresidente Ulloa dio a conocer el “proyecto de reforma constitucional”, que Bukele le había encargado un año antes, con 216 modificaciones a los 274 artículos de la Constitución vigente, según dan cuenta las publicaciones en el sitio oficial de la Presidencia.

Captura del documento presentado por Ulloa a Bukele para reformar la Constitución.

Enlace de respaldo de la publicación gubernamental: https://web.archive.org/web/20240111175044/https://www.presidencia.gob.sv/proyecto-de-reforma-constitucional/

Según reza el proyecto, se trata de “182 son reformas puntuales a artículos (de los cuales 147 corresponden a nuevos contenidos y 35 a mejora en la redacción), de igual forma 7 son nuevos artículos incorporados, 8 son sustituciones de otros artículos y 19 son derogatorias de artículos”. 

Esta propuesta fue preparada por un equipo Ad Hoc encabezado por Ulloa y completado por Adolfo Muñoz Cisneros, Mauricio Rodríguez Flores, Marlon Harold Cornejo y Karennine Posada de Rivas.

En diciembre de 2020, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente un demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Salvador Enrique Anaya para declarar inconstitucional el decreto ejecutivo 295, de 24 de agosto de 2020, en el que se delegó a Ulloa para “coordinar el estudio y propuesta de reformas a la Constitución”.

“La razón es que, al no ser un acto de aplicación directa de la Constitución, dicho decreto no puede ofrecerse como objeto de control en el proceso de inconstitucionalidad”, reza la resolución de la Sala, cuyos miembros fueron removidos por la Asamblea Legislativa el 1 de mayo de 2021 en un proceso irregular.

En su voto disidente en esta resolución, el entonces magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar sostuvo que “debió admitirse a trámite la demanda y aceptarse la medida cautelar solicitada” de suspender inmediata y provisional los efectos del citado decreto ejecutivo.

“Me parece que una propuesta de reforma constitucional como la impulsada por el Órgano Ejecutivo, regulada inclusive mediante un decreto de ese poder del Estado, podría implicar una afectación al sistema de reforma previsto específicamente en el referido artículo 248 Cn., y a la posibilidad inclusive del uso fraudulento de la iniciativa de reforma posterior de los diputados de la Asamblea Legislativa”, advirtió Sánchez Escobar.

En su demanda, Anaya sostuvo que debía “evitarse que se burle la exigencia de que la iniciativa de reforma sea exclusivamente parlamentaria”, dado que el decreto ejecutivo viola el “principio de legitimación parlamentaria para propuestas de reforma constitucional”, dado que presidente de la República está delegando en el vicepresidente “una competencia que es exclusiva de los diputados de la Asamblea Legislativa en un número no menor de diez”, indica el fallo.

(Con reportes de Gabriela Aquino)

Otros temas

spot_img