Torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones: las 2,094 denuncias del régimen que calla la procuradora Caballero

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La institución encargada de proteger los derechos humanos en El Salvador ha recibido miles de denuncias que incluyen desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y capturas arbitrarias presuntamente cometidas por agentes del Estado durante el régimen de excepción de Bukele, pero ha guardado silencio. El registro oficial incluye denuncias de torturas, un hecho que la procuradora Raquel Caballero ha negado en público. Expertos señalan que estos hechos podrían ser prueba de crímenes de Estado y delitos de lesa humanidad. 

Por Andrés Dimas y Saraí Alas

El 6 de octubre de 2025, en la víspera de su segunda reelección como procuradora de Derechos Humanos, la abogada Raquel Caballero de Guevara ocultó el verdadero rostro del régimen de excepción de Nayib Bukele ante la Asamblea Legislativa y el pueblo salvadoreño. Cuestionada por una diputada opositora sobre el número de denuncias recibidas por violaciones a los derechos humanos, la funcionaria declaró tajante que, bajo su gestión, la institución que dirige no había tramitado ningún caso de tortura que hubiese atribuido a agentes del Estado.

“Así como lo informé al Comité contra la Tortura (de Naciones Unidas), en este período no he recibido un solo caso de tortura denunciado en la institución que presido”, dijo.

Pero Caballero de Guevara mintió. Y la contradicen los registros oficiales y públicos que su propia institución levantó entre 2022 y septiembre de 2025 durante el régimen de excepción, a los que tuvo acceso la Alianza Periodística Intermedios (API), de la que este medio forma parte. Estos registros revelan 22 hechos de tortura y más de 2,000 graves violaciones a derechos humanos denunciadas por sobrevivientes del régimen o familiares de las víctimas ante la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH).

Entre los casos recibidos por la PDDH destacan 201 hechos de muerte bajo custodia del Estado y ejecuciones extrajudiciales ocurridas en el marco del régimen, incluidos dos casos en los que la agresión sexual antecedió a la muerte de las víctimas mujeres.

Pero los archivos también reseñan desapariciones y desplazamientos forzados, así como capturas arbitrarias, la denuncia más abundante y una práctica “sistemática”, según miles de denuncias recopiladas por organismos independientes de derechos humanos nacionales e internacionales. Según expertos, esta puede ser investigada y juzgada como un crimen de lesa humanidad ante la Corte Penal Internacional.

El Salvador es firmante de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes y debe informar periódicamente al Comité (CAT) sobre las denuncias de prácticas de tortura por agentes estatales. Entre el 9 y el 13 de noviembre de 2022, un mes después de haber asumido su segundo período como procuradora, Caballero se reunió con el CAT en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza. Ahí informó que no había recibido denuncias por torturas, según reconoció ante la comisión política de la Asamblea Legislativa.

Pero el CAT no quedó satisfecho. El 25 de noviembre de 2022, ante las abundantes denuncias surgidas en los primeros siete meses del régimen de excepción, el organismo exigió a El Salvador investigar muertes bajo custodia y emplear medidas para que agentes del Estado no ejerzan tratos crueles o métodos de tortura contra los detenidos. El CAT otorgó un plazo de un año para implementar estas medidas. 

Para ese noviembre, la Procuraduría ya tramitaba al menos un caso de tortura, registrado por la PDDH entre el 19 de octubre y el 17 de noviembre, según el octavo informe mensual de verificación del régimen de excepción, firmado por la procuradora Caballero.

El 2022 cerró con la denuncia de once hechos de tortura a manos de policías, militares y custodios penitenciarios. En 2023, hubo seis; en 2024, cuatro; y en 2025, uno. En vísperas de su reelección, la procuradora insistió en la Asamblea Legislativa en que la PDDH no había recibido ninguna denuncia al respecto. 

Las denuncias y los casos, sin embargo, podrían ser más. El 12 de febrero de 2026, el subdirector de asuntos jurídicos de Centros Penales, Carlos Hernández, dijo ante un grupo de expertos de Naciones Unidas, en Suiza, que la PDDH les había informado de la recepción de 18 mil denuncias por violaciones a derechos humanos de los privados de libertad, pero que la institución “determinó la no responsabilidad alegada”. Nadie lo contradijo.

El 10 de marzo de 2026, un grupo independiente de expertos internacionales, conocido como GIPES, declaró que el régimen de excepción de Bukele, que desde marzo de 2022 restringe tres garantías constitucionales en el país, debería ser investigado por Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional por el posible cometimiento de crímenes contra la humanidad. 

El exprocurador David Morales, exiliado desde mediados de 2025 junto a sus compañeros de la organización Cristosal, considera que la nueva información sobre denuncias del régimen que apuntan contra agentes del Estado podría servir como prueba ante esas instancias. Sobre todo “si hay verificaciones o investigaciones de la PDDH que evidencien que son ciertas las denuncias o, por otro lado, si la PDDH no ha hecho nada, también se evidencia que a nivel interno no están funcionando las instituciones relacionadas a la justicia”. Entre ellas, recordó, la Fiscalía es responsable de investigar las violaciones a derechos humanos que constituyen delitos.

En noviembre de 2025, unas semanas después de su participación en la Asamblea Legislativa y 28 días después de haber sido reelecta en su cargo con 57 votos de los diputados oficialistas, Caballero matizó su afirmación sobre las denuncias por tortura: “Si bien es cierto, más de alguno pudo haber presentado una denuncia al respecto, con base a la verificación que hacemos de los casos, no hemos podido comprobar que haya indicios de tortura. Ni tortura ni malos tratos en este período de 2022 a 2025”, dijo en una conversación en redes sociales con Romeo Lemus, un comunicador que promueve al gobierno de Bukele.

Hasta octubre de 2025, la PDDH únicamente tramitaba 3,379 expedientes de investigación, según dijo Caballero a los legisladores.

El régimen que la procuradora, y la PDDH, no le cuentan al público

La Policía Nacional Civil es la autoridad estatal más señalada. Ha sido denunciada como responsable en el 72 % de las graves violaciones a derechos humanos registradas. Seguida por la Dirección General de Centros Penales y las distintas prisiones bajo su mando con el 21%. Las Fuerzas Armadas con un 6% ocupan el tercer lugar del listado. El resto de las denuncias es contra otros agentes y entidades del Estado relacionadas con el régimen en áreas de seguridad y salud, según los datos oficiales.

La PDDH ha registrado denuncias de otros 61 hechos clasificados como “Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, también prohibidos por la Convención contra la tortura. El 75 % señalan a policías como responsables.

El registro también incluye 14 hechos denunciados por “sometimiento de niñas, niños y adolescentes y jóvenes a cualquier modalidad de violencia, tales como el abuso, tortura, explotación, maltrato, penas o tratos inhumanos, crueles y degradantes”. La autoridad más señalada también es la Policía. 

Las cifras de la PDDH sobre torturas y tratos crueles, aunque son casi un centenar, no igualan las que registraron organizaciones sociales en 2024, cuando el Servicio Social Pasionista reportó 814 hechos. Tampoco igualan el número de las denuncias que Human Rights Watch documentó en 2024 sobre violaciones a la niñez en el marco del régimen: 22 casos de niños, niñas y adolescentes privados de libertad que habían sufrido tortura y malos tratos.

A juicio de un experto en estadísticas sobre derechos humanos, quien prefiere no ser identificado por temor a represalias, esto puede deberse, en parte, a la existencia de un subregistro al momento de clasificar una denuncia recibida. “Para no clasificar el caso como tortura o tratos crueles, pueden ubicarlo como ‘malos tratos’, una categoría de menor gravedad según el derecho internacional”, dijo.

Entre 2022 y septiembre de 2025, la PDDH ha registrado 264 hechos categorizados como “malos tratos” y 81 como “maltrato físico, psicológico o moral” en contra de mujeres ejercidos por agentes o con su participación, según las denuncias recibidas. Estos siguen el mismo patrón que con los hechos más graves (las torturas y los tratos crueles): en 8 de cada 10 denuncias, son señalados agentes de la PNC.

Entre 2022 y 2025 (el último año con datos hasta septiembre), la PDDH recibió 2,600 denuncias que contienen un universo de 4,837 violaciones a derechos humanos en el país, dado que hay denuncias con uno o más hechos violatorios. De estos hechos, 2,094 (el 43 %) se corresponden con graves violaciones a derechos humanos del régimen de excepción. En el 57 % restante hay denuncias por violaciones a derechos ambientales, laborales, de la salud, entre otros. Hay, también, denuncias contra agentes del Estado por persecuciones o indagaciones ilegales, intimidación, coacción, allanamientos ilegales de domicilio, registros indebidos, violaciones a derechos de la mujer y de otros grupos en vulnerabilidad, pero debido a la falta de detalles en estos hechos es imposible identificar si están relacionados con el régimen de excepción. 

Las denuncias y los hechos violatorios señalados están contenidos en las respuestas oficiales y públicas de la PDDH a una veintena de solicitudes de información sobre denuncias de violaciones a derechos humanos recibidas por la institución entre el 27 de marzo de 2022 y septiembre de 2025. Estas respuestas, hasta la fecha de publicación de este artículo, aún están disponibles en su portal de transparencia. 

La información, sin embargo, no está claramente identificada; se presenta con una etiqueta general que es recurrente: “información estadística de la Procuraduría” y no se dan más detalles sobre su contenido. También es información que puede pasar fácilmente desapercibida entre una veintena de carpetas y centenares de archivos públicos. Aunque los datos están en su página web, la institución no los ha comentado en público ni con la Asamblea Legislativa, y tampoco ha emitido pronunciamientos públicos al respecto. 

Estos detalles que desnudan al régimen de Bukele tampoco aparecen contenidos en sus memorias de labores ni en informes especiales, como lo establece la ley de la institución. El último informe sobre el régimen de excepción que brindó Raquel Caballero fue hace casi tres años, el 28 de abril de 2023. En este documento no se incluye la información relativa a esos años que sí está contenida en sus registros oficiales.

Con toda la información oficial de la PDDH dispuesta en su portal de transparencia se logró construir una base de datos que ubicó el número de denuncias recibidas por año. Esta información se cruzó, además, con once informes quincenales y mensuales sobre el régimen de excepción, publicados entre marzo de 2022 y abril de 2023, y con las memorias de labores de la institución publicadas en los últimos nueve años. Los datos no mienten: son denuncias del régimen de Bukele. 

Este ejercicio permitió identificar a la vez el número de casos desestimados por la institución en los años del régimen: según los informes de labores, entre mayo de 2022 y abril de 2024 la institución desestimó casos en 4,688 resoluciones de archivo, el 90 % de todas las emitidas en esos años. El porcentaje es mayor a las que se enviaron al archivo entre mayo de 2019 y abril de 2021, períodos previos al régimen, cuando se archivaron 2,986, un 76 % del total de esos dos años.


Raquel Caballero de Guevara, procuradora de Derechos Humanos, junto al presidente de la Asamblea Legislativa, el diputado oficialista Ernesto Castro. Caballero cursa su tercer periodo y ha sido elegida dos veces en el marco del régimen por el partido de Nayib Bukele. Esta alianza periodística solicitó a la funcionaria, en repetidas ocasiones, que respondiera preguntas sobre su silencio ante las denuncias que ha recibido la institución durante el régimen de excepción. Al cierre de este reportaje no dio respuestas. (Foto FACTUM)

“Termino este período al día”, le dijo la procuradora Caballero al presidente legislativo, Ernesto Castro, en su comparecencia ante la Asamblea Legislativa. La funcionaria celebró la depuración de más de 27 mil expedientes en su segunda gestión, su primera gestión del régimen de excepción.

En esa misma comparecencia ante los diputados, Caballero dijo que ya tenía hechos dos informes especiales sobre el régimen de excepción y que “uno tiene 645 páginas y el otro ya lleva 596”. Sin embargo, más de cinco meses después, los informes no han sido publicados mientras la funcionaria, en declaraciones públicas, celebra la medida. 

En el informe y pronunciamiento publicado el 28 de abril de 2023, habló del “impacto positivo” del régimen de excepción para los derechos humanos de “miles de familias salvadoreñas”.

En declaraciones públicas brindadas entre octubre y noviembre de 2025, en el marco de su reelección, dijo: “Estamos viviendo un proceso diferente, una realidad incuestionable. (…) Hay que tener la capacidad para reconocer cuando algo está haciéndose bien”.

Dos especialistas en derechos humanos consultados y el exprocurador de derechos humanos, David Morales, coinciden en que la actual Procuraduría no ha cumplido con sus funciones de velar por los derechos de la ciudadanía ni de señalar hechos que responsabilizan al Estado. “El rol de la institución se ha negado”, dice Morales.

La otra PDDH: en las cárceles del régimen ocurren ejecuciones extrajudiciales

La PDDH registró la denuncia de 201 hechos de muerte presuntamente cometidos por autoridades del Estado o con su participación o bajo su custodia. La institución los registró en seis categorías: “ejecuciones extrajudiciales”, “muerte dolosa o culposa en manos de autoridades o de particulares actuando bajo el control o con la aquiescencia del Estado”, “muerte por uso desproporcional e innecesario de la fuerza” y “muerte por uso ilegítimo de la fuerza”. También registró dos casos de “muerte de mujeres con agresión y violencia sexual” y uno de “muerte por negligencia médica”

Dos especialistas consultados coincidieron en que la categoría que junta “muerte dolosa o culposa” agrupa dos tipificaciones contradictorias y provoca un registro ambiguo. Si existe dolo, plantean, es decir, una muerte con intención, debería categorizarse como una ejecución extrajudicial directamente; pero al incluir “culposa”, es decir, una muerte sin intención directa, producto de negligencia o imprudencia, puede llevar a que la categoría también tenga otro significado. Ambos creen que puede ser una intención por evitar que crezca la clasificación de “ejecuciones extrajudiciales”. 

La institución más señalada es la Dirección General de Centros Penales (DGCP) a la que se le atribuye responsabilidad en el 49 % de los hechos. La PNC es la segunda gran señalada, con el 41 %. En ambas instituciones, el área geográfica que más acumula muertes es el occidente del país.

En 2025, la organización Cristosal cifró en 403 las muertes bajo custodia del Estado. Hasta principios de marzo de 2026, el Socorro Jurídico Humanitario registraba 500 personas fallecidas en detención y sin haber sido vencidas en juicio.

Los registros oficiales de la PDDH también reportan nueve casos de intentos de ejecución extrajudicial por parte de policías, militares y agentes penitenciarios.

La captura y muerte para las que la Procuraduría no encontró responsable

El caso de José Raúl Ramírez es uno de los casos de muertes bajo custodia del Estado que ha sido denunciado en la PDDH como una posible ejecución extrajudicial provocada por agentes del Estado. 

José Raúl, quien era conocido como “Teco” por sus vecinos, fue capturado de ‘manera arbitraria’ el 8 de agosto de 2022 en una comunidad ubicada entre la playa San Diego y el Puerto de La Libertad.

Tres policías tocaron la puerta de su casa. Le dijeron que saliera, que estaba acusado de robo. Según testigos, él preguntó por la orden de captura, pero no se la mostraron.

“Empezaron a insultarlo”, cuenta un pariente. José Raúl tenía una cicatriz que le hundía el lado izquierdo del cráneo, tras un ataque provocado con un corvo años atrás; pero esto no impidió que uno de los policías lo golpeara en el mismo lugar con un fusil. “Él solo salió y le pegaron de un solo. Se enojó y trató de defenderse”, narra el testigo.

El 13 de abril de 2023, la PDDH pidió explicaciones a la PNC por la acción de los agentes, según consta en el expediente LL-0010-2023 de la Delegación departamental de La Libertad de la PDDH. El jefe de la delegación policial de Santa Tecla envió un informe con una versión distinta de lo ocurrido: dijo que José Raúl fue detenido el 11 de agosto, tres días después de lo reportado por su familia.

Según la PNC, un ciudadano llamó para reportar el hurto de una bomba de agua y declaró que “sospechaba” de José Raúl “porque lo habían visto en la zona”. Los agentes dijeron que lo habían encontrado en la calle y que ignoró los “comandos verbales” para detenerse. Que los atacó, lanzando gasolina a los ojos de uno y mordiendo a otro. Por eso utilizaron “la fuerza necesaria” para neutralizarlo.

En la versión de la Policía, José Raúl era el hermano de un “reconocido pandillero” del Barrio 18 Sureños, a quien ayudaba a controlar los movimientos de la Policía en ese sector. Por este motivo, dicen, “se detuvo y se puso a la orden de las autoridades pertinentes”. Pero el hermano de José Raúl es un trabajador de construcción que ni siquiera estaba detenido al momento de su captura. Se lo llevaron también un mes después y aún sigue detenido sin pruebas en su contra.

La familia de José Raúl y testigos desmienten a las autoridades y dicen que fue detenido al interior de su vivienda, después de una golpiza propinada por agentes de la PNC tras una presunta denuncia anónima.

José Raúl Ramírez, de pie, fue vapuleado por agentes de la Policía al abrir la puerta de su casa el 8 de agosto de 2022, según familiares y vecinos que presenciaron el asalto. La versión de la PNC –y la que decidió creer la PDDH– es que fue él quien atacó a los policías, y que lo detuvieron en la calle por un delito común. Aún así, le aplicaron el régimen de excepción./ Foto: Saraí Alas

En la delegación de la Policía, le imputaron otros cargos: agresión a agentes policiales y agrupaciones ilícitas. Cuando la familia preguntaba en la Fiscalía, nadie les explicaba con claridad de qué lo acusaban.

Después de su primera audiencia, un juez ordenó que José Raúl permaneciera en las bartolinas de Conchalío, en el Puerto de La Libertad. El 21 de noviembre de 2022, otro juez decidió enviarlo al Hospital Nacional Psiquiátrico “Dr. Molina Martínez” en Soyapango, al este de San Salvador, tras la evaluación de dos peritos del Instituto de Medicina Legal (IML). 

El informe del psicólogo forense recibido por la PDDH detalla que, durante el examen, José Raúl relató los hechos de agresión por parte de los policías. Indicó que los agentes le golpearon con el fusil cerca del ojo. Mencionó haber interpuesto su mano para protegerse, pero que los miembros de la corporación policial continuaron golpeándolo en los pies y lo dejaron detenido.

Según el examen, José Raúl dijo estar consciente de las implicaciones legales, pero en todo momento negó la acusación. “Me iría al penal, pero en conciencia le digo que no, porque no he hecho nada de eso”. Un perito forense determinó después de un examen mental que, tras el hundimiento craneal sufrido años atrás, tenía un “estado demencial profundo” y su condición era crónica. Incurable. Por eso determinaron que no podía ir a una prisión y que sería trasladado al Psiquiátrico.

El informe clínico del hospital indicó que José Raúl fue internado bajo resguardo psiquiátrico. El diagnóstico incluía epilepsia, síndromes epilépticos generalizados y una inflamación en el hígado y el bazo. El 24 de febrero, fue atendido en el Hospital Rosales por la inflamación de las vísceras y le diagnosticaron “trombocitopenia”, que significa disminución de las plaquetas. Según el reporte, también estaba expuesto a un sangramiento a causa de una cirrosis hepática que padecía tras años de consumo de alcohol. 

La familia viajaba constantemente a Soyapango para llevarle comida, medicamentos y otros artículos, pero la información sobre su estado era cada vez más limitada. En una ocasión, un familiar llevó una colchoneta, a solicitud del propio hospital, y fueron notificados de que José Raúl había sufrido un golpe en la cabeza y que sería trasladado al Hospital Rosales.

No pudieron acompañarlo. Según la familia, les prohibieron presentarse en el hospital: les advirtieron que podían ser capturados si insistían en acercarse. El informe médico enviado a la PDDH confirma que el 4 de marzo de 2023 sufrió un golpe que le ocasionó un trauma en el cráneo después de una caída, y que fue atendido en el hospital “adecuadamente” y luego nuevamente enviado al Psiquiátrico.

Sin embargo, al día siguiente presentó insuficiencia respiratoria y un deterioro severo de su estado de salud que se prolongó por quince días. José Raúl falleció el día 21 de marzo de 2023, a las 13:23 horas en el Hospital Psiquiátrico.

La esquela de Medicina Legal entregada a la familia determinó que la causa del fallecimiento fue un “edema pulmonar agudo”. Una de las causas que, según Socorro Jurídico, es el lugar común de los casos de reos del régimen que fallecen bajo custodia del Estado.

Sin embargo, el reporte médico del Hospital Psiquiátrico contradice la esquela de Medicina Legal. “(…) las causas del fallecimiento fueron septicemia listeriana, neumonía bacteriana no especificada, insuficiencia hepática no especificada y hemorragia intraencefálica no especificada”, dice el acta remitida a la PDDH. 

Es decir, José Raúl murió por una infección generalizada por neumonía, un fallo en el hígado, y una hemorragia en la cabeza provocada por un golpe. La familia de José Raúl sabía de sus problemas de salud relacionados al consumo de alcohol y al accidente que le afectó la memoria; pero no entiende la aparición del nuevo golpe en la cabeza. “Dijeron que se había caído de la cama, pero estaba en un colchón. No tiene sentido”, dice un familiar.

El médico forense de la PDDH analizó la explicación del Psiquiátrico y avaló las causas de muerte, pero explicó que sus antecedentes neurológicos, agravados por su padecimiento de epilepsia, se sumaron a la bacteria que le provocó la septicemia. La bacteria “se transmite por alimentos contaminados y humedad”, dijo el doctor. Hacía siete meses que José Raúl estaba bajo los cuidados y la atención del Estado.

Esquela del Instituto de Medicina Legal de marzo de 2023 que establece que José Raúl Ramírez falleció de “edema pulmonar agudo”. El reporte médico que envió el Hospital Psiquiátrico a la PDDH, anexado en el expediente LL-0010-2023 de noviembre de ese año, la contradice. (Foto cortesía).

Su familia también tiene su versión. “Ahí lo mataron (en el hospital). Tenía golpes en la cabeza, tenía una herida en el centro”. Su familia está convencida de que las lesiones eran una evidencia de tortura. Tenía moretones en el torso, la ingle, marcas de esposas en las muñecas y una marca que le rodeaba el cuello. Lo denunciaron a una organización de derechos humanos: el Comité Cristiano Pro Desplazados de El Salvador (CRIPDES).

Su familia recuerda que al momento de entregarles el cuerpo “había mucha gente”. Entre ellos, personal de Medicina Legal y empleados de la PDDH. No tienen claro si la institución inició la investigación por la muerte de José Raúl de oficio, o fue la organización quien denunció el caso.

La madre y el padre de José Raúl murieron meses después del fallecimiento de su hijo. La familia atribuye sus muertes al impacto de la detención y al duelo.

Según la resolución final de la PDDH, aunque se investigaron los hechos —la captura sin orden, la aplicación del régimen por un delito común, los traslados médicos sin información clara, la prohibición de visitas, las lesiones visibles en el cuerpo, la muerte bajo custodia del Estado—,los elementos obtenidos no eran suficientes para establecer la responsabilidad por violación a derechos a la libertad por la captura arbitraria; y a la salud por falta de atención médica, en perjuicio de José Raúl.

“La causa probable de muerte no guarda correlación intrínseca con la acción u omisión del personal (hospitalario). No existen factores de mérito que hagan presumir una violación al derecho humano a la salud”, dice la PDDH.

La resolución establece tímidamente que “se presume la violación al derecho a la integridad personal” de José Raúl, y “se señalan como presuntos responsables al personal de la Policía Nacional Civil que participó en el procedimiento de captura”; pero al mismo tiempo, dictamina que la delegación policial de Santa Tecla, el juzgado de instrucción C-3 de San Salvador y el director del hospital psiquiátrico cumplieron “el deber de Garantía y Protección que le corresponde al Estado”. 

La recomendación fue general: que la Policía girara instrucciones para adecuar sus actuaciones al respeto y garantía de los derechos humanos: “Absteniéndose de recurrir a prácticas ilegales o arbitrarias como método para hacer cumplir la ley, principalmente en el marco de aplicación del ‘Régimen de Excepción’”.

Aunque al inicio de la resolución, la PDDH menciona que examinaría también la vulneración del derecho a la vida de José Raúl por su fallecimiento, sin explicación, la institución omitió pronunciarse sobre la violación de esa garantía.

Detenciones arbitrarias, el hecho más denunciado

La PDDH ha registrado denuncias de 1,672 hechos de detención arbitraria, entre 2022 y septiembre de 2025. Se agrupan, principalmente, en tres grandes categorías: “detenciones ilegales o arbitrarias”, “incumplimiento de orden judicial”, y “detenciones sin orden judicial”.

La Policía Nacional Civil es la institución más señalada con participación en el 75 % de los casos. La segunda más señalada es la Dirección General de Centros Penales con el 18%. De esta última, las dos terceras partes son por incumplir órdenes de un juez, como cartas de libertad.

Uno de estos casos es el de Yeferson Hernández, quien se dedicaba a la crianza y comercio de aves en una granja avícola. Su familia denunció una captura arbitraria en su contra el 21 de junio de 2021, antes de que se implementara el régimen de excepción. 

Tras 16 meses en prisión, Yeferson fue absuelto del delito de agrupaciones ilícitas y consiguió su carta de libertad emitida por el Juzgado Especializado de Sentencia “C” del Centro Integrado de Justicia Penal “Isidro Menéndez” en San Salvador, según el documento de referencia 33-C-2022-6. Dicha carta tiene fecha del 6 de febrero de 2023.

El Juzgado Especializado de Sentencia “C” ordenó poner en libertad a Yeferson, un joven trabajador de una granja. La Dirección General de Centros Penales (DGCP) ignoró la orden y lo trasladó al CECOT. Un familiar sostiene su retrato pidiendo su libertad en marzo de 2026./ Foto: Saraí Alas 

Sin embargo, el régimen de excepción tenía más de 12 meses vigente en El Salvador cuando su madre, Teresa, se enteró de que Yeferson había sido trasladado desde el penal de Izalco al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), pese a tener su carta de libertad. Ella fue a esperar la liberación de su hijo cuando un custodio le informó que su hijo había sido enviado a la megacárcel de Bukele, inaugurada en enero de 2023.

La madre de Yeferson decidió pedir ayuda en la PDDH, pero la única respuesta que recibió fue: “Su hijo está condenado desde ya, y peor si está en el CECOT”. Ni siquiera le entregaron un documento que hiciera constar su denuncia. 

En su intervención de octubre de 2025 ante la Asamblea Legislativa, la procuradora Caballero reconoció que ha coordinado con el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Centros Penales y hasta jueces para la liberación de “muchas” personas que tenían carta de libertad y que no había sido efectiva. En noviembre de 2025, en la conversación con Romeo Lemus, Caballero dijo que tenían “pendiente de resolver” 81 liberaciones de personas con orden judicial de liberación.

El informe sobre el Estado de Excepción de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), publicado en 2024, reporta que El Salvador reconoció que las detenciones bajo el régimen de excepción ocurren “en flagrancia”, sin una orden administrativa y judicial, por el delito de “agrupaciones ilícitas” a personas que presuntamente pertenecen a pandillas y tienen como base un protocolo y un manual que identifica y perfila pandilleros; un manual nutrido con informes de inteligencia y comunicación alusiva a pandillas.

Sobre esto, investigaciones periodísticas han revelado que la Policía realizó cientos de detenciones justificadas por “nerviosismo”, por “fichas policiales” o por motivos subjetivos como “apariencia sospechosa”. 

La CIDH estableció en el Informe que “ninguna persona puede ser privada de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas previamente en las Constituciones Políticas de los Estados o en las leyes dictadas conforme a ellas; de lo contrario, la privación de la libertad sería ilegal”. El protocolo y los manuales de la Policía no forman parte de la legislación salvadoreña.

Entre 2022 y 2025, Policías han reconocido a periodistas y organizaciones de derechos humanos que ejecutaron detenciones arbitrarias desde el inicio del régimen de excepción, con base en una política de cuotas diarias de arrestos impuestas por el Gobierno y con indicios no corroborados, falsos o fabricados.

Las detenciones ilegales o arbitrarias abarcan el 80% de las graves violaciones a derechos humanos denunciadas ante la PDDH durante el régimen de excepción, según los datos públicos a los que se tuvo acceso. (Foto GatoEncerrado)

La base de denuncias también registra 48 hechos de desapariciones forzadas, 16 de estas son por negativa de agentes o funcionarios del Estado a informar el paradero o ubicación exacta de la persona detenida. Del total, el 64 % son adjudicadas a la Policía Nacional Civil y el 20 % a la Dirección General de Centros Penales.

La cifra es la contenida en los registros públicos de la entidad; sin embargo, podría no tomar en cuenta la totalidad de estos casos. En marzo de 2025, una investigación periodística reveló que la PDDH reconocía 65 denuncias por desapariciones forzadas ocurridas en el marco del régimen de excepción.

Según la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la desaparición forzada es toda forma de arresto, detención, secuestro o cualquier otra modalidad de privación de libertad perpetrada por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa de las autoridades a reconocer la situación de privación de libertad o a revelar la suerte o el paradero de la persona interesada.

Hasta febrero de 2025, seis organizaciones registraron 540 casos de desaparición forzada. Es decir, las personas son detenidas por agentes de seguridad del Estado y aparecen horas, días, semanas o meses después en prisión; en otros casos, las familias nunca logran establecer contacto con los detenidos; otras personas detenidas fallecen tras largos períodos incomunicados con sus familias y son enterradas en fosas comunes. 

Que no se informe a las familias sobre el paradero de sus familiares detenidos ha sido una orden no escrita que se mantiene vigente desde el 27 de marzo de 2022, según declaraciones de oficiales de la Policía a periodistas. 

“Lo normal, antes del régimen, era que se notificaba a las familias de los detenidos sobre el paradero de los mismos. Ese domingo (27 de marzo) nos dijeron que no, que se suspendía ese derecho que tienen los detenidos”, dijo un oficial a Redacción Regional.

El registro de denuncias de la PDDH también incluye 67 casos de desplazamiento forzado por agentes del Estado. Según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), el desplazamiento forzado es el movimiento de personas obligadas a huir de sus hogares debido a conflictos, violencia, violaciones de derechos humanos, persecución o desastres.

La Procuraduría registró que el 70 % de casos señalan como responsables a miembros de la Policía Nacional Civil y el 17 % incluyen señalamientos al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.


Las madres de jóvenes detenidos bajo el régimen de excepción marchan en las calles de San Salvador exigiendo la liberación de personas inocentes. Piden que se garantice la seguridad de la población sin capturas arbitrarias. Diciembre 2025./ Foto: Saraí Alas

Una PDDH menos transparente

El índice de información reservada de la PDDH se ha llenado de documentos desde que el régimen de excepción se instauró. Los expedientes casi se cuadruplicaron desde entonces. Entre el 27 de marzo de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, 1,269 expedientes de investigación sobre violaciones a los derechos humanos fueron puestos bajo reserva. Entre enero de 2019 y el 26 de marzo de 2022, antes del inicio del régimen, los expedientes bajo reserva eran 327.

Entre los expedientes reservados, una tercera parte, 379, son expedientes de investigación por posibles vulneraciones de derechos humanos durante el régimen de excepción. Tienen reserva total de entre tres, cinco y hasta siete años. De estos 379 expedientes del régimen, 18 fueron reservados en la administración de Apolonio Tobar el 8 de julio de 2022. Los 361 restantes, el 95% de las reservas, ocurrieron bajo el mando de Raquel Caballero. Las primeras el 21 de noviembre de 2022, cumplido su primer mes de mandato; la última reserva ocurrió el 9 de diciembre de 2025.

Las causales de reserva más repetidas son porque ponen “en peligro evidente la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona” o porque contienen “opiniones o recomendaciones que forman parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, en tanto no se adopta una decisión definitiva”.

El índice también mantiene bajo reserva los informes de las visitas in situ a las cárceles de Mariona y Complejo Penitenciario de Izalco que realizó el exprocurador Apolonio Tobar el 29 de junio y el 11 de julio de 2022.

El exprocurador, ahora magistrado de la Cámara Tercera de Lo Penal de San Salvador con el apoyo de la Corte Suprema de Justicia controlada por el partido de Bukele, fue complaciente con el régimen al igual que su predecesora.

“He sufrido ataques de Organizaciones de Sociedad Civil, grupos de poder, incluso medios de comunicación, diciendo que yo no he dicho que hay violaciones en el Régimen de Excepción, y lo que yo he dicho es que yo no puedo ser irresponsable de afirmar situaciones sin que las pueda sustentar (…) muchos critican ahora a la Procuraduría por el régimen de excepción, pero se les olvida que antes había 10 homicidios diarios”, dijo Tobar en septiembre de 2022 en una entrevista en canal 21, cuando buscaba su reelección.

Según el artículo 194 de la Constitución salvadoreña, quien ejerza el cargo de procurador o procuradora de Derechos Humanos debe investigar y elaborar informes especiales si existe una práctica sistemática de violaciones a derechos humanos.

A juicio del exprocurador David Morales, “la PDDH no solo está incumpliendo su mandato, encubriendo violaciones gravísimas de derechos humanos, sino violaciones que constituyen crímenes de lesa humanidad. Una PDDH que encubre crímenes de lesa humanidad ha caído en la negación absoluta de su mandato”.

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SOBRE LOS DATOS

Para construir la base que sirvió a esta investigación se revisaron los registros públicos de la PDDH disponibles en su portal de transparencia, respetando los hechos descritos en cada denuncia. Se corrigieron los errores tipográficos en los datos y se los ordenó para facilitar su lectura: se agruparon en categorías de posibles violaciones a derechos humanos, según el derecho internacional de derechos humanos, y por institución pública señalada. El proceso contó con el acompañamiento de tres profesionales especializados en derechos humanos. Todos pidieron el anonimato para evitar represalias.

La base que se construyó con datos públicos cubre los años 2022, 2023 y 2024 completos. En el caso de 2025, los datos corresponden a los meses de enero a septiembre. Para este periodo, no se disponía de información pública completa sobre denuncias vinculadas a la Dirección General de Centros Penales y sus centros penitenciarios, lo que puede implicar un subregistro.

La información que aquí se presenta hace referencia a la cantidad de hechos denunciados y no debe entenderse como un número exacto de presuntas víctimas porque los datos disponibles no lo detallan.

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